La Junta de Andalucía abre el plazo para solicitar ayudas para inversión y modernización de explotaciones agrarias. Los agricultores pueden solicitar estas subvenciones hasta el próximo 4 de febrero de 2021. El máximo de la inversión es de 120.000 euros, siendo la ayuda o subvención de un 50% pudiéndose incrementar en algunos casos hasta un 70 o 90%, dependiendo de aspectos como ser joven agricultor, presentarse en zonas desfavorecidas, etc.
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Toggle¿En qué consisten las ayudas?
Tras cuatro años sin ser convocada, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, ha abierto el plazo de solicitud para solicitar las ayudas para la modernización de las explotaciones olivareras. La presentación de estas ayudas se puede hacer de forma telemática a través de una entidad habilitada, como por ejemplo ASAJA, en la que se le asignará una cita previa.
En concreto, según el BOJA nº 190 del 30 de septiembre los gastos a subvencionar son los siguientes gastos:
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- Nuevas plantaciones
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
- Compra de maquinaria y equipos nuevos.
- Costes generales vinculados a los dos puntos anteriores (arquitectos, ingenieros, licencias, patentes o estudios de viabilidad).
- Inversiones intangibles: adquisición y desarrollo de programas informáticos, adquisición de patentes, licencias, marcas registradas o derechos de autor.
- Costes de instauración de planes de gestión de explotaciones.
- Inversiones para producción en la explotación de biocarburantes o energía procedentes de fuentes renovables.
- Los gastos derivados de la adaptación a nuevos requisitos en la Unión Europea, durante un máximo de 12 meses a partir de la fecha en que pasen a ser obligatorios para la explotación agraria.
¿A quiénes van dirigidas estas ayudas?
Estas ayudas pueden ser solicitadas por personas físicas entre 18 y 60 años de edad. Si el solicitante es mayor de 60 años en el momento de hacer la solicitud, deberá comprometerse a que otra persona cumpla los requisitos, para ser beneficiaria de estas ayudas, y de que continúe como titular de la explotación desde el momento en el que esta persona se jubile y hasta la finalización del periodo de compromiso, que son 5 años a contar desde el pago efectivo final de la ayuda.
Además, pueden solicitarlas personas jurídicas, que en su objeto social se encuentre el ejercicio de la actividad agraria, Agrupaciones de Agricultores y Comunidades de Bienes (al menos debe haber un comunero agricultor activo autónomo agrario); que sean titulares de una explotación agraria ubicada en Andalucía.
Los jóvenes agricultores también pueden demandar las ayudas para la modernización de su olivar, incluso los que hayan solicitado previamente ayudas para la creación de empresas. Para ello deben de cumplir los requisitos a fecha de solicitud de la misma y también será necesario mantener en vigor, al menos durante 5 años, esa situación y requisitos.
Por otro lado, la ayuda también puede ser solicitada por agrupaciones de agricultores (agricultores con distintos CIF que se agrupan en un momento determinado para solicitar la ayuda), las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica.
¿Qué requisitos son necesarios para solicitar la ayuda?
Además de ser una de las personas candidatas a la solicitud de estas ayudas, como se explica en el apartado anterior, hay una serie de requisitos adicionales.
Los solicitantes deben comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante al menos cinco años contados desde la fecha del pago final de la ayuda. Además es necesario estar dado de alta en la actividad agraria ante la Agencia Tributaria (Censo Agrario) y ante la Seguridad Social (Autónomo Agrario).
Otro requisito indispensable es ser Agricultor Activo y ser titular de una explotación ubicada en Andalucía. En el caso de Sociedades y Entidades con personalidad jurídica, deberán incluir la actividad agraria en su objeto social.
Las inversiones deberán estar relacionadas de forma indubitada con la actividad agraria a desarrollar en exclusiva en la explotación y el plan de mejora de la explotación debe suponer obtener una Renta Unitaria de Trabajo (RUT) de al menos el 35% de la Renta de Referencia o, ser mayor o igual que la RUT inicial. Ello se verificará con una aplicación informática de cálculo de viabilidad económica.
Por último, será necesario contar con los permisos, autorizaciones, licencias, etc. para ejercer la actividad desarrollada y, en concreto, los referidos a los suministros.
Para poder leer toda la información publicada en el BOJA sobre estas ayudas haga click aquí.
¿Qué plazos hay para ejecutar el proyecto y justificar la inversión?
Una vez que la administración ha aprobado la ayuda, el agricultor dispone de nueves meses para ejecutar el proyecto objeto de subvención.
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